SISTEMA PUBLICO PROVINCIAL DE SALUD
El
sistema público provincial de salud se organiza sobre la base de una red
integrada de servicios de salud, con énfasis en la descentralización
territorial en regiones sanitarias con particularidades que requieren presencia
y cercanía.
La red integrada de servicios de salud: comprende el conjunto de efectores, dispositivos de soporte, programas y redes de apoyo, dependientes de la administración provincial, municipal y comunal destinados al cuidado de la salud de los habitantes de la provincia, así como también los mecanismos por los que estos elementos se relacionan entre sí para un funcionamiento integrado en el marco de la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
La red integrada de servicios de salud: comprende el conjunto de efectores, dispositivos de soporte, programas y redes de apoyo, dependientes de la administración provincial, municipal y comunal destinados al cuidado de la salud de los habitantes de la provincia, así como también los mecanismos por los que estos elementos se relacionan entre sí para un funcionamiento integrado en el marco de la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
Los
elementos que componen la red deben tener un rol y responsabilidad de
resolución, que en conjunto den cuenta de las acciones de promoción y
prevención de la salud, detección precoz y control de enfermedades,
tratamiento, rehabilitación, reinserción y cuidados domiciliarios incluyendo
atención de urgencia y emergencia. La red se configura garantizando la
accesibilidad de toda la población desde un primer nivel de atención hasta un
tercer nivel, en función de las necesidades de cuidados que el usuario
requiera, incluyendo la garantía del tránsito y el traslado de las personas
entre los tres niveles de atención.
El
Subsistema público de Salud debe organizar sus recursos de manera acorde a la
estrategia de Atención Primaria de la Salud, como modelo de atención a
adoptarse en el territorio de la Provincia. A tales efectos, este accionar
institucional se cimienta fundamentalmente en la conformación de redes y
niveles de atención, los cuales serán definidos por criterios que el Ministerio
de Salud considere según los requerimientos de la
política sanitaria.
Las
Regiones Sanitarias: El Ministerio de Salud tiene la facultad/atribución para
definir y organizar las regiones sanitarias, de acuerdo a las necesidades
territoriales para garantizar cercanía, mejorando la accesibilidad a los
servicios de salud, priorizando las acciones en zonas de vulnerabilidad.
La
regionalización de los servicios de salud es un proceso de organización de la
red de servicios a nivel territorial o local mediante la definición de áreas
geográficas con el objeto de atender las necesidades sanitarias específicas,
con el objetivo de alcanzar condiciones superiores de salud brindando
accesibilidad y cobertura a la comunidad recabando de ella su imprescindible
participación.
La
autoridad de aplicación debe definir el rol de cada efector, dispositivo o
programa de salud del territorio provincial de acuerdo a la política sanitaria
como parte integrante de la RED.
El
rol de cada efector/dispositivo o programa está determinado por la autoridad de
aplicación a través del Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe.
La red de Emergencias y Traslados cumplirá un rol articulador en la prestación y oferta de servicios, enlazando los efectores y sus equipos de salud por según las necesidades y la posibilidad de atención asistencial de cada efector; así como la respuesta oportuna y efectiva en las urgencias y emergencias sanitarias y situaciones de desastre. Así mismo podrá celebrar convenios de reciprocidad interjurisdiccionales e interprovinciales.
La red de Emergencias y Traslados cumplirá un rol articulador en la prestación y oferta de servicios, enlazando los efectores y sus equipos de salud por según las necesidades y la posibilidad de atención asistencial de cada efector; así como la respuesta oportuna y efectiva en las urgencias y emergencias sanitarias y situaciones de desastre. Así mismo podrá celebrar convenios de reciprocidad interjurisdiccionales e interprovinciales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario